La nueva ley para manipuladores de alimentos de California

A partir del 1 de enero de 2024, California exigirá a los empleadores que cubran todos los costos relacionados con la capacitación de los manipuladores de alimentos. Según el Proyecto de Ley 476 del Senado (SB 476), los empleadores deben pagar los programas de capacitación y compensar a los empleados por el tiempo dedicado a la capacitación.

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Una mirada más de cerca a la SB 476

La SB 476 introduce cambios significativos en la legislación de California sobre personas que manipulan alimentos. Aunque muchos de los requisitos existentes siguen siendo los mismos, el principal cambio es que los empleadores son ahora responsables del costo de la capacitación para las personas que manipulan alimentos.

A partir del 1 de enero de 2024, los empleadores de California deben:

  • Pagar la capacitación y otros costos asociados a la obtención de la tarjeta de manipulador de alimentos
  • Compensar a los empleados con su tarifa estándar por el tiempo dedicado a la capacitación para las personas que manipulan alimentos y los exámenes
  • Relevar a los empleados de sus obligaciones laborales normales mientras realizan el curso o el examen
  • No exigir a los nuevos solicitantes de empleo una tarjeta de manipulador de alimentos válido como condición para el empleo

La legislación estatal sigue exigiendo que la mayoría de los empleados del sector alimentario completen una capacitación para personas que manipulan alimentos acreditada por la ANAB en los 30 días siguientes a su contratación. Las tarjetas para personas que manipulan alimentos expedidas al finalizar el curso tienen una validez de tres años.

Aunque la capacitación para las personas que manipulan alimentos es obligatoria para la mayoría de las personas que preparan alimentos o los manipulan, algunos empleados están exentos.

Algunos ejemplos de lugares que no requieren capacitación para manipular alimentos son:

  • Mercados agrícolas certificados
  • Comisarios
  • Tiendas de comestibles (excepto instalaciones alimentarias independientes dentro de una tienda de comestibles)
  • Centros de salud autorizados
  • Comedores escolares públicos y privados
  • Y más

Para obtener una lista completa de los lugares donde personas que manipulan alimentos no están obligados a tener una tarjeta de manipulador de alimentos, consulte la versión completa de la SB 476.

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